sábado, 15 de agosto de 2015

¿ ME LO IMPONES ? , ¡¡¡ ME LO PAGAS !!!

Muy buenas a tod@s,

Parece ser que las sentencias dictadas no son de obligado cumplimiento, para la dirección de Segur Ibérica en Valencia,  o al menos eso quieren intentar demostrar a sus trabajadores. Ante esta situación se ha procedido a denunciar, ante inspección de trabajo, el incumplimiento de la sentencia 2033/2008 de fecha 24 de Septiembre de 2009 dictada por el Tribunal Supremo y el artículo 75 del convenio colectivo vigente el cual cita textualmente:


Artículo 75. Uniformidad.

Las Empresas facilitarán cada dos años al personal operativo las siguientes prendas de uniforme: Tres camisas de verano, tres camisas de invierno, una corbata, dos chaquetillas, dos pantalones de invierno y dos pantalones de verano.
Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos.
Asimismo se facilitará, en casos de servicios en el exterior las prendas de abrigo y de agua adecuadas.
Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren.
En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas.
Las Empresas mejorarán la calidad de todos los elementos del uniforme arriba descritos.
Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Particular de Campo serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.

cve: BOE-A-2015-255

Esta sección sindical ha procedido a poner en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social el incumplimiento de este artículo del Convenio, así como de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en relación al desplazamiento de los trabajadores y entrega de la uniformidad, por parte de la dirección de empresa.

Os dejamos la denuncia presentada por si es de vuestro interés. 


jueves, 6 de agosto de 2015

¿ NO ME ENTREGAS MIS CUADRANTES ? , PUES QUE TE LOS PIDA INSPECCIÓN.

Muy buenas a tod@s,

Como algunos de vosotros habéis comprobado la dirección de empresa de Segur Ibérica, S.A.  - Valencia, ha optado por NO ENTREGAR EL RESUMEN FINAL DE LAS HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO REALIZADAS ( CUADRANTE DE SERVICIO FINAL ). Este documento , que ha de entregarse junto con la nómina del mes, ES CRUCIAL PARA LA COMPROBACIÓN Y APORTACIÓN COMO PRUEBA DOCUMENTAL, de las posibles reclamaciones judiciales que pudiéramos efectuar contra la empresa.

Ante esta negativa de entregar el cuadrante final del mes a los trabajadores como si se tratara de una empresa pirata, más que de un grupo empresarial con renombre, se ha procedido a denunciar ante la Inspección Provincial de Trabajo dicha práctica lesiva a los intereses y derechos de los trabajadores.



Esperemos que la Inspección de Trabajo se pronuncie favorablemente a los trabajadores y obligue a la empresa a entregar los cuadrantes de servicios finales de manera regular, tal y como se establece en el Estatuto de Los Trabajadores.



  Os dejamos la denuncia presentada .

miércoles, 5 de agosto de 2015

LA SECCIÓN SINDICAL DE SVS CV SOLICITA A SEGUR IBÉRICA QUE DEJE SIN EFECTO LA CIRCULAR INTERNA EMITIDA PARA LA RECOGIDA DE LOS CUADRANTES DE SERVICIO EN EL AEROPUERTO DE MANISES ( VALENCIA )


Muy buenas a tod@s,

Esta Sección Sindical, tras tener conocimiento de la circular interna emitida por la Coordinadora de servicio del aeropuerto de Manises, ha procedido a solicitar la nulidad inmediata de dicha circular, al considerar que se están perjudicando de manera directa, y premeditada, los intereses de todos los trabajadores asignados a dicho servicio. 

Parece ser que a la dirección de empresa, o mejor dicho a la Sra. Coordinadora de servicio, le ha molestado que se le informara de como y cuando ha de entregar los cuadrantes mensuales a los trabajadores. Su respuesta ha sido absurda, e incoherente, al imponer algo que en la legislación laboral vigente no esta contemplado, y para muestra la Sentencia a la que se hace referencia en el escrito presentado a la empresa.

Por cierto !!!, ¿Que dicen los supuestos defensores de las demás formaciones sindicales que componen el Comité de Centro?

Las últimas noticias que tenemos es que NO se va a reunir el Comité durante este mes de Agosto, salvo cambio de opinión de ultima hora, ya que al parecer NO LES IMPORTA GRAN COSA que los trabajadores tengan que desplazarse, en su tiempo libre, a por los cuadrantes de servicio. 

Es más importante disfrutar sus vacaciones. 
El resto de trabajadores que se apañen como puedan.

Os dejamos el escrito presentado, paso previo a la correspondiente denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo, por si es de vuestro interés.


domingo, 2 de agosto de 2015

OTRA CONDENA MÁS PARA SEGUR IBÉRICA - VALENCIA

Muy buenas a tod@s,

Una vez más, Segur Ibérica Valencia, ha sido condenada POR NO ABONAR A SUS TRABAJADORES EL PLUS DE JEFE DE EQUIPO TAL Y COMO ESTABLECE NUESTRO CONVENIO COLECTIVO. Este impago corresponde al servicio, que en su día prestaba la mercantil, de marina Real Juan Carlos I. 

Como recordareis, y si no dar al enlace para recordar los hechos, este sindicato denunció, ante la Inspección de Trabajo, la falta de abono del plus correspondiente a los trabajadores por parte de la empresa. Dando como resultado UNA SANCIÓN POR EL INCUMPLIMIENTO DE Art. 69 b) , ASÍ COMO LA LIQUIDACIÓN DE HABERES IMPAGADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL POR DICHO CONCEPTO. 


Ahora, tras el recurso presentado por la empresa contra la resolución emitida por el inspector de trabajo, en relación a la sanción y liquidación  de haberes impagados, El Tribunal de lo Contencioso Administrativo nº 8 de Valencia, ha dictado sentencia condenatoria contra la empresa, incluyendo en esa misma condena al pago de las costas procesales.


La sentencia, la cual ocupa 12 hojas, no tiene 
desperdicio alguno. Con el fin de justificar el impago del plus que legalmente correspondía
a los trabajadores, la responsable del gabinete
jurídico de la empresa llego a los extremos de intentar engañar al inspector de trabajo, con afirmaciones que no se ajustaban a la realidad, aseverando, a este, que era un acuerdo suscrito con el cliente el excluir el abono de dicho complemento salarial a los trabajadores.

Esta afirmación que la responsable del departamento de jurídico de la empresa exponía  ante el inspector de trabajo. Se vio desmentida, por el mismo cliente, cuando fue citado por la inspección. Una vez allí, afirmó, confirmó y ratificó, ante el funcionario que NO SE HABÍA MODIFICADO EN NINGÚN MOMENTO LAS CLAUSULAS QUE CONTENÍA EL CONTRATO INICIAL. POR LO QUE SE ESTABA ABONANDO, DICHO COMPLEMENTO SALARIAL, TAL Y COMO SE SUSCRIBIÓ EN UN PRINCIPIO.

Ante los hechos acaecidos, y teniendo en cuenta que la contrata adjudicada a Segur Ibérica Valencia PROVIENEN DE PRESUPUESTOS PÚBLICOS. Se ha procedido a iniciar las acciones legales correspondientes para determinar, y en caso depurar, LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES PENALES DE LOS RESPONSABLES, SI LAS HUBIERE, COMO CONSECUENCIA DE LO SENTENCIADO POR LOS TRIBUNALES. 

NO ES DE RECIBO QUE SE ESTÉN QUEDANDO CON LA RETRIBUCIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES Y QUE LOS RESPONSABLES QUEDEN IMPUNES.

Os dejamos la sentencia por si es de vuestro interés













lunes, 27 de julio de 2015

¡¡¡ LAS IMPOSICIONES NO SE ADMITEN !!!, LAS NEGOCIACIONES ¡¡¡ SÍ !!!

Muy buenas a tod@s,

Este sindicato presentó demanda, por la imposición del periodo vacacional por parte del Jefe de Servicios de Segur Ibérica, S.A. - Valencia, en defensa de los intereses de uno de sus afiliados.

La respuesta de la asesoría jurídica de Segur Ibérica en Madrid, ante la demanda presentada, ha sido satisfactoria para los intereses de nuestro afiliado. A cambio de desistir, a la demanda presentada, se conceden las fechas solicitadas por nuestro afiliado para el disfrute de sus vacaciones. 


Es lamentable que se tenga que recurrir a los Tribunales para que le concedan a uno las vacaciones que en derecho se le reconocen. Esta actitud de imposición y prepotencia, por parte de Jefe de Servicios, solo hace que deteriorar la imagen de la empresa.



Lo único que tenemos que añadir nosotros, es que estaremos atentos a todas estas actitudes contrarias a toda lógica. Ejerciendo las acciones legales, como en este caso, que estén en nuestras manos para defender los derechos e intereses de todos los trabajadores, y en particular de nuestros afiliados.

Os dejamos el escrito de la empresa por si es de vuestro interés.

sábado, 18 de julio de 2015

LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS DA RESPUESTA AFIRMATIVA AL INICIO DE ACTUACIONES.

Muy buenas a tod@s,

La Agencia Española de Protección de Datos Personales, ha comunicado a este sindicato el inicio de las actuaciones previas de inspección, EN RELACIÓN A LA DENUNCIA QUE EN SU DÍA PRESENTÓ SVS  CV POR LA VULNERACIÓN DE LA LOPD AL EXHIBIRSE, OBLIGATORIA MENTE, LOS DATOS DE LOS VIGILANTES EN LA TARJETA DE ACREDITACIÓN EXPEDIDA POR AENA.

Dichas actuaciones previas tienen por objeto determinar los hechos que pudieran justificar, en su caso, LA INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR O DE INFRACCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Os dejamos la contestación de la Agencia  Española de Protección de Datos Personales.

jueves, 16 de julio de 2015

SOLICITUD A LA INSPECCION DE TRABAJO PARA QUE NOTIFIQUE LA TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS A INDEFINIDOS

Muy buena a tod@s,

Con el fin de que los trabajadores, DE LA EMPRESA CONSORCIO DE SERVICIOS, S.A. VALENCIA, afectados por la transformación de sus contratos de trabajo EVENTUALES A INDEFINIDOS tengan conocimiento de ello.

Enlace recordatorio de la resolución.


Este sindicato ha procedido a solicitar, a la Dirección de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Valencia, que proceda a comunicar a los trabajadores su nueva situación laboral con la empresa.




Esta solicitud se efectúa con el fin de garantizar el cumplimiento efectivo de la resolución emitida, así como PARA PODER EJERCER AS ACCIONES LEGALES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE EMPRESA. 



Por lo tanto, y si así lo estima oportuno la Inspección de Trabajo, se comunicará a todos los trabajadores afectados por esta resolución, el cambio sufrido en su contrato de trabajo.



Aquí tenéis la solicitud presentada, por este sindicato, ante Inspección por si es de vuestro interés


miércoles, 15 de julio de 2015

NUEVA DENUNCIA, ANTE INSPECCIÓN DE TRABAJO, CONTRA SEGUR IBÉRICAS POR UN POSIBLE ACOSO SINDICAL.

Muy buenas a tod@s,

Como ya sabéis al compañero que constaba como 1º en la candidatura de SVS  CV, para las elecciones de Mayo en el aeropuerto de Valencia, fue sancionado con 20 días de empleo y sueldo por dejación de sus funciones. Dicha sanción, que fue efectiva de manera inmediata y en plena campaña electoral, fue recurrida ante los tribunales competentes junto con otra demanda por vulneración de derechos fundamentales del compañero, así como contra la libertad sindical.



¿ NO OS ACORDÁIS ?

Pues entonces dar al enlace recordatorio del asunto




Pues bien, siguiendo la linea que caracteriza a esta dirección de empresa  de Segur Ibérica, S.A. - Valencia, se ha vuelto a promover, por parte de la misma, un expediente contradictorio contra el representante electo en el Comité de Centro del aeropuerto de Manises ( Valencia ), Don Teófilo Díaz Falcón. Expediente del cual estamos a la espera de contestación, una vez presentada las alegaciones pertinentes, y que a fecha de hoy 15 de Julio de 2015 toda vía no tenemos contestación alguna.

Ante la situación descrita, este sindicato ha procedido ha poner en conocimiento de la Inspección Provincial de Trabajo los hechos acaecidos en estos dos últimos meses, POR UNA SUPUESTA VULNERACIÓN CONTRA LA LIBERTAD SINDICAL, Y ACOSO SINDICAL CONTRA EL COMPAÑERO, POR PARTE DE LA EMPRESA.

Al mismo tiempo se ha informado a la dirección de empresa, mediante escrito con registro de entrada de la misma, la presentación de dicha denuncia y la solicitud de la resolución del expediente iniciado SIN IMPOSICIÓN DE MEDIDA DISCIPLINARIA ALGUNA, POR NO PROCEDER A APLICAR SANCIÓN NINGÚN TIPO DE SANCIÓN.

Os dejamos la denuncia y el escrito presentado.

DENUNCIA ANTE INSPECCIÓN
ESCRITO ANTE DIRECCIÓN DE EMPRESA

FECHA JUICIO VULNERACIÓN DERECHOS