martes, 22 de diciembre de 2015

PRESENTADA DEMANDA DE CONFLICTO COLECTIVO POR EL DESCUENTO DE JORNADA EFECTIVA DE TRABAJO EN LOS CARREFOUR


Muy buenas a atod@s,

Como ya os informamos en su día, esta sección sindical, inicio los tramites necesarios para presentar demanda de conflicto colectivo por el descuento de 15 minutos de jornada a los trabajadores de CARREFOUR, justificando la empresa que el tiempo de descanso establecido NO ERA RETRIBUIDO Y EN CONSECUENCIA SE DEBÍA DE DESCONTAR DE LA JORNADA ASIGNADA EN CUADRANTES.

Después de tener tener el acto de conciliación en el Tribunal de Arbitraje Labora ( TAL ) sin que se llegara a un acuerdo al respecto con la representación de la empresa. Hoy día 23 de Diciembre nuestra asesoría jurídica HA PROCEDIDO A PRESENTAR LA CORRESPONDIENTE DEMANDA DE CONFLICTO COLECTIVO ante los tribunales competentes.

Os dejamos el documento presentado por si es de vuestro interés

sábado, 19 de diciembre de 2015

OTRA SANCIÓN, IMPUESTA POR SEGUR IBERICA VALENCIA, ANULADA POR ACUERDO JUDICIAL


Muy buenas a tod@s,

El pasado día 15, de este mes de Diciembre, tuvo lugar la vista del juicio por la sanción de 20 días de empleo y sueldo, a un trabajador que prestaba servicio en la Marina Real Juan Carlos I en el año 2014, impuesta por la empresa. 



Una vez más, la empresa, evitó la celebración del juicio, llegando a un acuerdo con nuestro gabinete jurídico. En esta ocasión el acuerdo fue más beneficioso que en ocasiones anteriores, pues YA QUE SE DEJO SIN EFECTO LA SANCIÓN IMPUESTA AL TRABAJADOR,  REPONIENDO EL IMPORTE RETENIDO POR LA EMPRESA POR SU CUMPLIMIENTO.

Os dejamos el acuerdo por si es de vuestro interes.


viernes, 11 de diciembre de 2015

DIA 17, DOBLE CITA EN EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE LABORAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Muy buenas a tod@s,

Como ya os hemos ido informando este sindicato presentó dos solicitudes, una para defender los intereses y derechos de los trabajadores adscritos al servicio de CARREFOUR, y otra para impugnar de las últimas elecciones efectuadas en la empresa, al entender que se nos vulneraba el derecho a formar parte en dicho proceso electoral con la exclusión de nuestra candidatura. Pues bien, ambas solicitudes han sido ya fijadas, tanto por la Oficina Pública como por el Tribunal de Arbitraje Laboral (TAL), para la celebración de las correspondientes vistas.

El destino ha tenido el capricho de unir ambas vistas en una misma fecha, el próximo 17 de Diciembre, a las 09:30 h. y 12:30 h. respectivamente. Por lo tanto, durante toda la mañana, estaremos en las dependencias del TAL con la finalidad de llegar a un acuerdo con la empresa, que sea favorable a los derechos e intereses de los compañeros adscritos al servicio de CARREFOUR, si es que se presenta al arbitraje. 

Acto seguido compareceremos ante la vista del Laudo electoral, en defensa de los intereses de este sindicato, exponiendo en el mismo los motivos por los que se ha procedido a dicha impugnación.
Os dejamos ambas citaciones por si son de vuestro interés.

ARBITRAJE CONFLICTO COLECTIVO CARREFOUR

CITACIÓN CELEBRACIÓN LAUDO IMPUGNACIÓN ELECCIONES

miércoles, 9 de diciembre de 2015

SVS CV INFORMA : INICIADO CONFLICTO COLECTIVO POR EL DESCUENTO DE JORNADA EFECTIVA EN CARREFOUR


Muy buenas a tod@s,

Esta sección sindical ha tenido conocimiento, y recibido numerosas quejas de los trabajadores adscritos en CARREFOUR, de que la dirección de empresa está descontando de la jornada efectiva de trabajo, 15 minutos correspondientes al descanso que en el artículo 34,4 del Estatuto de los Trabajadores se establece para jornadas continuadas superiores a 6 horas.

Ante la negativa, de quienes ostentan la mayoría del Comité de empresa ( UGT ), de denunciar dicho incumplimiento. Esta sección sindical, en defensa de los intereses de todos los trabajadores adscritos a dicho servicio, y en especial de sus afiliados, ha iniciado los tramites previos a la presentación del correspondiente conflicto colectivo.

Es del todo inadmisible que se haga trabajar gratis, ni un solo minuto, a los compañeros que prestan servicio en los CARREFOUR. 

Os dejamos la presentación del acto de conciliación, previo a la presentación de la correspondiente demanda de conflicto colectivo, en el Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunidad Valenciana.


martes, 8 de diciembre de 2015

CALENDARIO LABORAL 2016


TABLA SALARIAL PARA LOS PRÓXIMOS 6 MESES DEL 2016

Muy buenas atod@s,

Para que podáis regocijaros con los logros de este último convenio firmado, os dejamos la 1ª parte de la tabla salarial para este próximo 2016.

Observar, sospesar y decidir si vale la pena seguir apoyando a estos sindicatos sumisos a la patronal con vuestro voto.

Un saludo.




sábado, 5 de diciembre de 2015

SVS CV INFORMA: CENA DE DESPEDIDA DE AÑO

Muy buenas a tod@s,

Se acerca el final de este año y como siempre, se ha programado una cena despedida de año para todo aquel que lo desee. 

Para poder organizar correctamente la asistencia de todos, se ruega que confirmen la misma, antes del día 15 del corriente, al Señor Lozano ( Coordinador de Organización )

No olvidar, cuando se confirme la asistencia, que menú se ha elegido.

viernes, 4 de diciembre de 2015

NO HAY TRES SIN CUATRO. SEGUR IBÉRICA LLEGA A UN ACUERDO Y EVITA OTRO JUICIO


Muy buenas a tod@s,

El pasado día 3 tenía lugar la vista del juicio por la demanda presentada por este sindicato contra el Presidente y Secretario del Comité de Empresa, así como contra la propia empresa. La demanda estaba basada por la negativa de dar acceso a la información existente en el archivo del Comité de Empresa , por no entregar la información solicitada por los representantes de este sindicato en sus funciones de miembros del Comité de empresa , por un posible delito de falsedad documental por parte del Presidente y del Secretario del Comité y contra la libertad sindical.

Tal y como cabía de esperar, los demandados, evitaron una posible condena negociando con nuestro gabinete jurídico. 

Como nuestro criterio es dar preferencia a los derechos e intereses de los trabajadores, y en particular de nuestros afiliados, desistimos de celebrar juicio, siempre que la empresa garantizara la entrega de la información solicitada en formato papel a las secciones sindicales, ampliando esta garantía a todos los trabajadores.

Por lo tanto todo trabajador que solicite a la empresa documentación personal sobre su trabajo ( Cuadrantes de servicio final, resumen de horas extras, nóminas, etc...), la empresa deberá de estregarse la en formato papel. En el supuesto que se le denegra, el trabajador, podría solicitar al juzgado que se ejecutara el acuerdo suscrito. Dicha solicitud de ejecución conllevaría a que la empresa pudiera ser sancionada por el incumplimiento del mismo.

Os dejamos el acuerdo suscrito por si es de vuestro interés

martes, 1 de diciembre de 2015

Uyyyy, Uyyyy, Uyyyy, ¡¡¡ QUE SI ENTRO ME CONDENAN OTRA VEZ !!!


Muy buenas a tod@s,

Hoy día 1 de Diciembre, MIENTRAS UNOS CELEBRAN LA GRAN FIESTA PATRONAL CON UNAS VOTACIONES QUE ESTÁN IMPUGNADAS POR ESTE SINDICATO, la asesoría jurídica de este sindicato se ha personado en los juzgados para defender  a compañero Paulino por la sanción impuesta, por la empresa, en Mayo de este año.

Una vez personadas las partes en el juzgado, se iniciaron los tramites previos a la celebración de la vista. Informando a la representación de la empresa de las consecuencias de celebrar dicho juicio instando, a la misma, para que llegara a una conciliación con nuestra letrada.

"Y LLEGÓ EL MOMENTO DE PENSAR QUE HACER" 


Después de sospesar las opciones existentes la empresa decide NO ENTRAR A JUICIO Y LLEGAR A UN ACUERDO, QUE LE EVITE UNA NUEVA CONDENA .



TRES DE TRES  ......  ¡¡¡ OOOOOOLÉ !!!

Sanción impuesta al trabajador Sr. Macarro ... Sentencia condenatoria a la empresa y devolución importe retenido.

Sanción impuesta al trabajador Sr. Teofilo ..... Acuerdo Judicial con devolución del importe retenido por la empresa.

Sanción impuesta al trabajador Sr. Paulino .... Acuerdo Judicial con devolución importe retenido por la empresa.


Os dejamos el último acuerdo al que se ha llegado con la empresa.

lunes, 30 de noviembre de 2015

La gran mentira del día 1 de Diciembre en Segur Ibérica Valencia

Muy buenas a tod@s,

Mañana día 01 de Diciembre, como ya sabéis, se van a efectuar las votaciones para elegir un nuevo Comité de Empresa en Segur Ibérica Valencia.( GRAN FIESTA PATRONAL PARA LOS MÁS ALLEGADOS Y SUMISOS A LA EMPRESA )

De esta convocatoria electoral promovida por UGT, hemos ido informando de lo acaecido en el proceso de presentación de las candidaturas para concurrir a las votaciones que mañana se celebran.  

Como ya se os ha informado estas elecciones sindicales están IMPUGNADAS POR ESTE SINDICATO DEBIDO A LA NULIDAD, QUE NOSOTROS ENTENDEMOS ILEGAL, DE NUESTRA CANDIDATURA.

Queremos dejar constancia de que la única fuerza sindical que no ha entrado al trapo de lo ocurrido en este proceso electoral ha sido CC.OO, quien tan solo se ha dedicado a cumplir con lo establecido en el RD por el que se aprueba el Reglamento de Elecciones a Representantes de los Trabajadores en la Empresa.

Os dejamos una recomendación para este próximo día 1 de Diciembre.

Saludos, 


domingo, 29 de noviembre de 2015

SVS CV IMPUGNA EL PROCESO ELECTORAL DE SEGUR IBÉRICA,S. A. - VALENCIA


Muy buenas a tod@s,

Cada día que pasa se demuestra más claramente la convivencia entre la empresa y los sindicatos mayoritarios del sector. Es verdad que entre ellos se ha colado un sindicato minoritario como es Alternativa Sindical en Valencia. Pero también es cierto que desde su presentación, en el proceso electoral, saltan numerosas dudas por la composición de su candidatura.

Se supone que existe una serie de garantías, en un proceso electoral para nombrar representantes a comité de empresa, que están recogidas en el Real Decreto 1844/1994 y en el Estatuto de los Trabajadores. 

Así tenemos que el RD, en su artículo 8.3 recoge textualmente:


Llegados a este punto, cabria preguntarse si SVS CV presentó la candidatura, en tiempo y forma, para que esta fuese admitida por la mesa. Como creemos que una imagen vale más que Mil palabras, os confirmamos la presentación de nuestra candidatura , con las actas que la Mesa Electoral levantó en su momento para la presentación, proclamación provisional y proclamación definitiva de las candidaturas.

PRESENTACIÓN CANDIDATURA

PROCLAMACIÓN PROVISIONAL DE CANDIDATURAS

PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LAS CANDIDATURAS

Una vez comprobado que es de aplicación el artículo 8.3 del Real Decreto, por el que se aprueba el Reglamento de Elecciones a Representantes de los Trabajadores en la Empresa, y que nuestra candidatura debería de continuar en el proceso electoral. 

OS DEJAMOS LA IMPUGNACIÓN DE ESTE PROCESO ELECTORAL, EN DEFENSA DE NUESTRO DERECHO A PODER CONCURRIR A LAS VOTACIONES QUE SE CELEBRARAN, PRESUNTAMENTE EN FRAUDE DE LEY, EL PRÓXIMO DÍA 01/ 12/ 2015.



miércoles, 25 de noviembre de 2015

SVS CV INFORMA:


Ante la decisión tomada por la mesa electoral de Segur Ibérica,S.A. - Valencia de excluir la candidatura de este sindicato, LA CUAL ESTABA CORRECTAMENTE PRESENTADA Y PROCLAMADA DEFINITIVAMENTE  , de este proceso electoral.  Se han iniciado, por parte del sindicato,  las acciones legales que en derecho nos asisten. 

Una vez más se demuestra que estos sindica-listos sumisos a los intereses de la empresa, solo actúan cuando hay que defender la tranquilidad de la empresa, y su poltrona, Bailando al son que esta les impone.


Con esta decisión tomada por la mesa, y creemos que muy mal aconsejada , se han incumplido toda la legislación vigente en materia de elecciones sindicales. Y esto no es que lo digamos por decir, esto lo reflejamos en el escrito de reclamación entregado a la mesa electoral hoy día 25 / 11 / 2015 a las 10:05 horas de la mañana.

Veremos que respuesta nos da al respecto, la mesa, si es que se dignan a contestar. Mientras os dejamos copia del escrito presentado esta mañana al secretario de la mesa electoral.


martes, 24 de noviembre de 2015

LA MESA ELECTORAL DE SEGUR IBÉRICA VALENCIA CEDE A LAS PRESIONES DE LOS SIERVOS SINDICALES DE LA EMPRESA

Muy buenas a tod@s,

El pasado día 23 de Noviembre, se proclamaron definitivamente las candidaturas que concurrían a las elecciones sindicales de la empresa.


Desde ese mismo momento, nuestra candidatura está confirmada y el calendario electoral respetado, tal y como exigió el secretario del Comité de empresa perteneciente a UGT el Sr. Ruiz.

Hoy día 24 de noviembre a las 10:30 horas ( O sea 24 horas después de la proclamación definitiva ) la mesa se reúne, con las formaciones sindicales de USO, UGT y ALTERNATIVA SINDICAL. En dicha reunión se acuerda  excluir la candidatura, DEFINITIVA Y CONFIRMADA, de este sindicato en el proceso electoral. 



Ante esta nueva situación, este sindicato está efectuando las acciones legales pertinentes para exigir que se respeten los derechos e intereses, tanto del sindicato como de todos sus afiliados.

Os iremos informando de todo lo que se acontece. 

miércoles, 11 de noviembre de 2015

PARA RECORDAR EN EL MOMENTO DE IR A VOTAR EN ESTAS ELECCIONES DE SEGUR IBÉRICA VALENCIA

Muy buenas a tod@s,

Para ir abriendo boca, y no dejar en el olvido cosas que se han estado haciendo por quienes ostentan la mayoría en el Comité de empresa, os dejamos este enlace recordatorio de lo acontecido en el seno de nuestro Comité. 

Creemos que es importante recordar quienes son, y a quien defienden en realidad, algunos de los componentes de la formación sindical de U G T , la cual ostenta la mayoría en el Comité de empresa ( 5 representantes de 9 que lo componen ).

Un saludo,



sábado, 7 de noviembre de 2015

LA MESA ELECTORAL DE SEGUR IBÉRICA VALENCIA DEJA EN EL CENSO A LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA


Muy buen as a tod@s,

Mal empezamos si la propia mesa electoral incluye a la representación de la empresa en el proceso electora que se ha iniciado.

El pasado día 6 de Noviembre la mesa electoral se pronuncia sobre la reclamación presentada por este sindicato, solicitando la exclusión del censo a los representantes de la empresa (Gerente, Jefe de servicios, Jefa de administración e Inspectores de servicio de la empresa).

La reclamación presentada se basa en lo recogido en el artículo 16 del Real Decreto 1382 / 85, el cual establece que el personal de alta dirección no participará en el proceso electoral como elector ni como elegible. O sea que NO PUEDE ESTAR INCLUIDO EN EL CESO ELECTORAL.

Con esta resolución la mesa electoral incumple, presuntamente, dicho Real Decreto haciendo un flaco favor a la independencia de los miembros, del futuro Comité de empresa, que se ha de elegir en las urnas el próximo día 30 de noviembre.

Como es normal, este sindicato no esta de acuerdo con la decisión tomada por la mesa, procediendo a iniciaran las acciones legales oportunas para resolver esta cuestión. 

Os dejamos la contestación de la mesa por si es de vuestro interés.


viernes, 6 de noviembre de 2015

Y OTRA MÁS: NUEVO REQUERIMIENTO, POR PARTE DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO, A SEGUR IBÉRICA VALENCIA



Muy buenas a tod@s,

Una vez más la inspección de trabajo resuelve a favor de los intereses de los trabajadores. En esta ocasión, tras presentar la correspondiente denuncia, requiere a la empresa que proceda a confeccionar, y a utilizar, un modelo concreto de documento. Con el fin de garantizar el abono del tiempo utilizado para la recogida del vestuario por parte de los trabajadores de la delegación. 

Poneros en antecedentes sobre este tema e informaros de que cuando tengáis que ir necesariamente a recoger la uniformidad a las oficinas principales de la empresa, o en vuestro centro de trabajo habitual, durante jornadas de descanso o finalización de vuestra jornada diaria. El tiempo estimado que se ha de poner NO SOLO ES EL TIEMPO EN QUE TARDAN EN DAROS LA ROPA, SI NO QUE HAY QUE COMPUTAR EL TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO HASTA LAS OFICINAS PRINCIPALES, O CENTRO DE TRABAJO HABITUAL, Y EL REGRESO A VUESTRO DOMICILIO.

La suma total de esos tiempos, son los que finamente se han de abonar como HORAS EXTRAORDINARIAS. 

Os dejamos la copia de la resolución por si es de vuestro interés.



jueves, 5 de noviembre de 2015

NUEVAMENTE LOS TRIBUNALES NOS DAN LA RAZÓN Y CONDENAN A SEGUR IBÉRICA VALENCIA


Muy buenas a tod@s,

Como es ya habitual en esta Sección Sindical, y así lo establecimos en su día, os informamos de la sentencia condenatoria a Segur Ibérica Valencia por aplicar una sanción de 3 días de empleo y sueldo a nuestro compañero, y afiliado, Jose Luis Macarro.


Tras solicitar las imágenes gravadas del sistema de videovigilancia del aeropuerto de Manises, y que según la empresa son el motivo principal de la sanción, estas no fueron aportadas al juicio. Por lo que no existe base principal para sancionar al compañero, ya que la declaración de la Coordinadora del servicio no es motivo suficiente AL NO SER TESTIGO PRESENCIAL DE LOS HECHOS.

Os dejamos la sentencia por si es de vuestro interés. 






miércoles, 4 de noviembre de 2015

LA PRIMERA EN LA FRENTE : SVS CV SOLICITA A LA MESA ELECTORAL QUE EXCLUYAN DEL CENSO A LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA


Muy buenas a tod@s,

Terminamos de iniciar el proceso electoral en Segur Ibérica Valencia, y ya hemos tenido que presentar la impugnación del censo al contener este a los representantes de la empresa. Se supone que todo aquel que este dentro del circulo empresarial, en el cual se toman las decisiones estratégicas de la empresa, no pueden incluirse en el censo electoral.

¿ Quien no puede presentarse ni votar a unas elecciones sindicales ?

El artículo 16 del RD 1382/85 dice que " el personal de alta dirección no participará como ELECTOR NI COMO ELEGIBLE ". No pueden votar ni menos aun formar parte de ninguna candidatura sindical ni independiente. Es más, tampoco pueden ser avalistas de una candidatura supuestamente independiente, es decir formada directamente por trabajadores sin que la presente ningún candidato, ya que para ser avalista es necesario ser elector (art. 69.3 ET).

La pregunta clave es quién es personal de alta dirección y por tanto no puede presentarse ni votar ni avalar. Pues bien, para que alguien sea personal de alta dirección no es necesario que haya un contrato especifico de alta dirección ni que la empresa lo reconozca como tal. Lo han confirmado numerosos laudos:

1. No puede presentarse ni votar ni avalar el personal CON PODERES ESPECIALES ( dirigir, despedir, ASIGNAR FUNCIONES E INCENTIVOS, comprar y vender, bancos, hipotecas, REPRESENTAR A LA EMPRESA EN JUICIO Y FUERA DE ÉL ). Laudo B-154/05 Barcelona.

2. No puede presentarse ni votar ni avalar el director general ( laudo 27/84 Badajoz ) ni aquel que ejerza sus funciones sin serlo ( laudo B - 80/08 Barcelona ).

3. " Con independencia de que exista o no un acto formal de apoderamiento, si el trabajador se encuentra incluido en el circulo en el que se adopta las decisiones estratégicas de la empresa, procede su exclusión del censo " . Laudo 18 / 96 Sevilla.

4. "Cuando los poderes son ejercitados con plena autonomía y responsabilidad, estando tan solo limitados por las instrucciones y criterios de la dirección de la empresa, la relación es de alta dirección". Laudo 101/95 Sevilla.

5. No pueden presentarse ni votar ni avalar el director de RR.HH. ni el asesor jurídico ni el encargado de aplicar las políticas de personal. Laudo B-215/06 Barcelona. Sentencia Juzgado de lo Social Barcelona 27/2/07, autos 31/07

6. No puede presentarse ni votar ni avalar el gerente de RR.HH. Laudo B-22/07 Barcelona.

7 No puede presentarse ni votar ni avalar quien tenga contrato directivo, poderes y sea miembro del consejo de administración. Laudo B-56/07 Barcelona.

Como podéis comprobar existen numerosos laudos, ratificados posteriormente con sentencias , en los que se hace referencia a la prohibición de que los representantes de la empresa pueda votar, o constar en alguna de las candidaturas, en unas elecciones sindicales.

Esta Sección Sindical es de la opinión de que se van a elegir a los futuros representantes de los trabajadores, Y NO A LOS REPRESENTANTES DE LA EMPRESA, por lo que ha procedido a impugnar el censo electoral con el fin de que excluyan del mismo a quienes componen el organigrama de la empresa ( Gerencia, Administración con poderes y mandos intermedios ). 

Os dejamos el escrito presentado ante el presidente de la mesa electoral por si es de vuestro interes.

martes, 3 de noviembre de 2015

LA REALIDAD DE UN PROCESO ELECTORAL


Muy buenas a tod@s, 

Como tod@s sabéis se ha iniciado la campaña de elecciones sindicales en segur Ibérica Valencia. Pues bien, esta sección sindical ha tenido conocimiento de que se está manchando la imagen del Coordinador Delegado, de nuestro sindicato y número 1 en la candidatura de SVS CV en Segur Ibérica Valencia, Felipe Amores Rincón. La finalidad de esta forma rastrera de actuar no es otra que el ensuciar este proceso de campaña electoral, perjudicando a este sindicato en su intento de poder participar en al misma. 

Se están vertiendo innumerables comentarios falsos, de su actividad anterior en Alternativasindical, acusándolo de hechos que no se ajustan a la verdad. Pero la realidad de los mismos es muy diferente, y en el documento que proporcionamos en esta publicación se demuestra claramente que FELIPE AMORES, SE PERSONO COMO TESTIGO DE LOS HECHOS DENUNCIADOS, Y NO COMO IMPUTADO.

Este interés por desprestigiar la labor que este sindicato que está llevando acabo, en defensa de los derechos e intereses de los trabajadores, y en especial la sección Sindical de SVS CV en Segur Ibérica Valencia,  NOS DA MÁS FUERZA , AUN SI CABE, A LA HORA DE SEGUIR DENUNCIANDO LAS IRREGULARIDADES QUE SE ESTÁN ACOMETIENDO, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE EMPRESA, CON LA PRESUNTA COMPLICIDAD DE LOS REPRESENTANTES SINDICALES DE UGT EN EL COMITÉ .

Un saludo,