domingo, 29 de marzo de 2015

LAS SENTENCIAS HAY QUE CUMPLIRLAS

Muy buenas a tod@s,

Como ya sabéis la Audiencia Nacional dictó sentencia, el 20 de Noviembre de 2013, en la que se establecía la vulneración del deber de secreto recogido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter Personal, al incluir el número del D.N.I. en la Tarjeta de Identificación Profesional ( TIP) de los vigilantes.

Pues bien , en base a esa misma sentencia, esta Sección Sindical ha requerido a la dirección de AENA en el Aeropuerto de Valencia, y a la dirección nuestra empresa, que procedan a eliminar, DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN EMITIDA POR EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DE AENA, los datos personales de los vigilantes que presta servicio en dichas instalaciones aeroportuarias.

En la solicitud presentada, en los correspondientes registros de entrada, se da un plazo de los 30 días naturales, desde la recepción del mentado escrito, para que esta medida correctora sea efectiva . En caso contrario, se les informas que se ejercerán las acciones legales, que en derecho nos asistan, para salvaguardar los intereses de todos los trabajadores afectados.

Os dejamos los documentos por si son de vuestro interés.

ESCRITO A LA DIRECCIÓN DE AENA



ESCRITO A LA DIRECCIÓN DE SEGUR IBÉRICA


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