domingo, 26 de abril de 2015

INSPECCIÓN REQUIERE A CONSORCIO DE SERVICIOS DEL GRUPO SEGUR, QUE PROCEDA A LA ANULACIÓN DE LAS CLAUSULAS CONTRARIAS A DERECHO

Muy buenas a tod@s,

Como bien sabéis este sindicato denunció, ante la inspección de trabajo, la existencia de clausulas abusivas en los contratos de trabajo suscritos para el aeropuerto de Manises (Valencia). 

Pues bien, la inspección de trabajo se ha pronunciado al respecto. Requiriendo a la empresa para que proceda a la nulidad de dichas clausulas abusivas y contrarias a Ley. Como ya expusimos con anterioridad, esta practicas empresariales, son más propias de empresas pirata.

Ante estos abusos contra los trabajadores, este sindicato tiene claro que no los va a permitir. Y procederá a denunciarlos ante las autoridades competentes, siempre que se tenga conocimiento de los mismos.

De momento, los trabajadores de CONSORCIO DE SERVICIOS , S. A.  contratados para el aeropuerto de Manises ( Valencia ), han de tener claro los siguiente:


1.- SEGÚN RESOLUCIÓN DE INSPECCIÓN DE TRABAJO, EL PERIODO VACACIONAL HA DE DISFRUTARSE EN EL AÑO NATURAL. ESTO ES, LOS TRABAJADORES TIENEN EL DERECHO DE SOLICITAR LAS VACACIONES DE ENERO DE 2015 A DICIEMBRE DE 20515. 

2.- NO EXISTE PROBLEMA ALGUNO EN REALIZAR LAS HORAS EXTRAORDINARIAS QUE SE ASIGNEN, SI BIEN EL TRABAJADOR PUEDE NEGARSE A EFECTUARLAS COMUNICÁNDOLO A LA EMPRESA MEDIANTE ESCRITO DIRIGIDO A LA MISMA.

3.- LA CLAUSULA DECIMOSEXTA ES CONTRARIA A DERECHO, REQUIRIENDO A LA EMPRESA QUE PROCEDA, CON CARÁCTER INMEDIATO, A SU ANULACIÓN.  ASÍ PUES, LOS TRABAJADORES DE CONSORCIO DE SERVICIOS, CONTRATADOS PARA EL AEROPUERTO, QUE SEAN DESPEDIDOS. TIENEN DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE COMO EL RESTO DE COMPAÑEROS Y EN LAS MISMAS CONDICIONES E IGUALDAD.
Os dejamos la resolución de inspección por si es de vuestro interés.



lunes, 13 de abril de 2015

CONDENA POR PARTIDA DOBLE

Estimados compañero/as,

Nos es grato comunicaros la sentencia condenatoria , POR PARTIDA DOBLE , contra las empresas SEGUR IBÉRICA Y CONSORCIO DE SERVICIOS EN VALENCIA por el despido de una afilada nuestra el 21 de Mayo de 2014.

Como todos sabéis , en esa fecha, en el servicio de la Marina Real Juan Carlos I  las empresas demandadas cesaron en el mismo a favor de las nuevas adjudicatarias. Como consecuencia de la perdida de dicho servicio, se produjeron una serie de DESPIDOS OBJETIVOS POR CAUSAS ECONÓMICAS Y DE ORGANIZACIÓN en la mercantil Consorcio de Servicios, S.A. - Valencia. Entre esos despedidos se encontraba una afiliada a este sindicato ,  la cual estaba en situación de reducción de jornada por guarda legal de menores de 12 años. 

Este derecho está reconocido , y recogido , en el Estatuto de los Trabajadores en su art. 37.5, SIENDO NULO CUALQUIER DESPIDO QUE , SIN CAUSA JUSTA , SE EFECTÚE SOBRE QUIEN SE ENCUENTRA EN DICHA SITUACIÓN DE REDUCCIÓN.




Pues bien , en primera instancia, el juzgado número 15 de lo Social de Valencia ha dictado SENTENCIA CONDENATORIA , y aquí viene lo peculiar , CONTRA LAS DOS EMPRESAS DEL GRUPO SEGUR , AL CONSIDERAR QUE SE DEBÍA DE HABER VALORADO LAS PERDIDAS ECONÓMICAS Y DE ORGANIZACIÓN DE AMBAS , AL TRATARSE DE UN GRUPO EMPRESARIAL ENCUBIERTO. Esta sentencia es recurrible, por lo que se está a la espera de saber si las empresas , O GRUPO EMPRESARIAL ENCUBIERTO , van a proceder a ejercitar su derecho a recurrirla.

No obstante, y sabiendo que la política de estas empresas es la de DILATAR LOS PROCESOS JUDICIALES , no nos va a sorprender si optan por ejercitar ese derecho al recurso de amparo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Una vez más la declaraciones de los miembros del Comité de empresa en Segur Ibérica - Valencia , al igual que en otras ocasiones , han sido determinantes para que el Tribunal pudiera comprobar , y confirmar en su sentencia , ESE ENTRAMADO EMPRESARIAL ENCUBIERTO , QUE VULNERA E INCUMPLE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, Y EN CONSECUENCIA LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES EN ESTA DELEGACIÓN DEL GRUPO SEGUR VALENCIA.

Os dejamos un resumen de la sentencia por si es de vuestro interés.




































































































domingo, 12 de abril de 2015

LA EMPRESA DE AUXILIARES DEL GRUPO SEGUR EN VALENCIA , SANCIONADA POR INSPECCIÓN DE TRABAJO




                              Muy buenas a tod@s,
Mientras que la empresa de CONSORCIO DE SERVICIOS, S. A. - VALENCIA, justifica los despidos de sus trabajadores COMO DESPIDOS OBJETIVOS POR CAUSAS ECONÓMICAS Y DE ORGANIZACIÓN. La Inspección de Trabajo de Valencia ha emitido resolución, a la denuncia presentada por este sindicato, donde se confirma EL EXCESO DE HORAS EXTRAORDINARIAS EFECTUADAS POR SUS TRABAJADORES. Calificando como falta GRAVE dicho exceso.


RESOLUCIÓN INSPECCIÓN
No es de recibo que la empresa despida a trabajadores alegando circunstancias que nada tienen que ver con la realidad del día a día. Con esta resolución de la inspección de trabajo se demuestra que la empresa , lejos de padecer una merma económica , hace un uso inadecuado de la actual reforma laboral. 

El hecho de utilizar los DESPIDOS OBJETIVOS como herramienta de abaratamiento y ahorro, es más propio de acciones piratas que de empresas con cierto prestigio. Esperemos que los tribunales de lo social vayan observando estas conductas lesivas para los intereses , y derechos, de los trabajadores afectados por un despido que cuanto menos le cabe la calificación de INJUSTO, DENIGRANTE e ILÓGICO. 


jueves, 9 de abril de 2015

Segur Ibérica Valencia decide dejar de aplicar la bolsa deudora de horas correspondientes a años anteriores

Muy buenas a tod@s,

En la reunión de comité de empresa celebrada hoy día 09 de Abril, se nos ha entregado un comunicado , emitido por la dirección de empresa , informando de la NO APLICACIÓN DE LA BOLSA DE HORAS DEUDORAS DE TRABAJO EFECTIVO CORRESPONDIENTE A AÑOS ANTERIORES. 

Como recordareis, esta Sección Sindical denunció el exceso de horas extraordinarias que se estaban efectuando, sin que fuesen abonadas a los trabajadores por la aplicación de dicha bolsa deudora de horas, siendo sancionada la empresa , por la Inspección de Trabajo ,  debido a su mala praxis. Aun así , y haciendo caso omiso a la resolución que el inspector de trabajo emitió , la empresa , seguía aplicando la bolsa deudora de horas a los trabajadores de la delegación. Motivo por el cual , nuevamente ,  los miembros SVS CV en el Comité de empresa promovieron la aprobación de la demanda de Conflicto Colectivo que, salvo cambio de última hora, se celebrará este próximo día 5 de Mayo.

DENUNCIA EXCESO HORAS EXTRAS Y APLICACIÓN BOLSA HORAS DEUDORAS


RESUMEN SANCIÓN ( INSPECCIÓN DE TRABAJO )

No obstante, no hay que echar las campanas al vuelo ya que en dicho comunicado no se especifica claramente A PARTIR DE QUE FECHA CONCRETA SE VA A PROCEDER A DEJAR DE APLICAR BOLSA DEUDORA DE HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO. Por lo que procederemos a solicitar la correspondiente aclaración a la dirección de empresa.

COMUNICADO EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DE EMPRESA