martes, 18 de agosto de 2015

SVS CV INFORMA: Mierder Goldwyn Mayer presenta ...... CONVENIO COLECTIVO 2015 - 2016


Muy buenas a tod@s,

Como ya es sabido por tod@s el pasado día 17 de Julio del presente año en curso se llegó a un acuerdo, entre el Tridente Maléfico compuesto por los sindicatos mayoritarios  de UGT, USO y CC.OO. y la patronal en la sede de APROSER, por el que se firmaba el Convenio Colectivo para este sector.




Desde un primer momento decidimos no efectuar comentarios sobre los términos en que se ha firmado nuestro Convenio. Pero en vista de la monumental tomadura de pelo que supone dicha firma, vamos a intentar esclarecer la repercusión que tiene sobre nuestros bolsillos y el engaño que supone para los trabajadores de este sector.

Para ello vamos a empezar con las cifras que tanto han utilizado estos sindicatos, para más tarde efectuar una valoración de las mismas demostrando que tienen un futuro prometedor como TRILEROS.

" TRILEROS: ( Trilero) El trile, juego asociado a la estafa, que es tradicional en calles concurridas o mercadillos. "


1) Incremento del 0,7 % sobre las tablas salariales del Convenio a partir del 1 de Enero de 2016



2) Recuperación, a partir del 1 de julio de 2016, de las cantidades correspondientes a los pluses de vestuario y transporte eliminados en el año 2013


LOS NÚMEROS :
Nos hacen creer que la subida del 0,7%  es la única opción para la estabilidad del sector. Todos estamos al corriente que los sindicatos mayoritarios a nivel nacional ( UGT y CC.OO ) junto con las patronales CEOE y CEPYME, pactaron, en Mayo, una subida del 1,5 % para este año 2015.

Para el tridente sindical, que supuesta mente nos representan, nuestro sector va a parte. Con este talante de independencia sectorial las cuentas salen por debajo del resto de sectores, ya que con la subida 0,5% para el 2015 y la subida del 0,7%  para el próximo 2016 el resultado de su suma es 1,3 %. POR DEBAJO DE LO PACTADO A NIVEL NACIONAL.

En cuanto a los pluses, que ellos mismos nos quitaron firmando dicha rebaja, nos hablan de 23,50 € / mes a partir de julio de 2016, ES DECIR 141 € BRUTOS AL AÑO. DEJANDO A FUTURAS NEGOCIACIONES DE CONVENIOS LA RECUPERACIÓN TOTAL DE LOS IMPORTES .

Que es lo mismo que decir .... TARDE , MAL Y NUNCA.

EL ENGAÑO:
Desde la entrada en vigor de este ultimo Convenio colectivo, los artículos 45 y 69 del mismo quedan modificados para, según ellos, asumir el contenido de la Sentencia de la Audiencia Nacional que hace referencia al cobro de los pluses durante las vacaciones.

La fórmula Mágica para que las empresas no tengan que abonar ni un solo céntimo de esa sentencia dictada, es el de dividir dichos pluses entre 12 meses.

Esta formula magistral , propia de los mejores TRILEROS, puede llegar a suponer una perdida adquisitiva de hasta 500€ / año, dependiendo de los pluses que cada uno tenga en su puesto o servicio, ( YA QUE ESTOS PULSES SE DIVIDÍAN ENTRE 11 MESES ).

A esta artimaña hay que sumar la bajada del importe de los pluses, ( Nocturnidad, Radioscopia basica, Radioscopia aeroportuaria, festivos, etc... ),  que supone una garantía para la patronal de que, efectivamente, no tendrán que cumplir con la sentencia dictada por el Tribunal.

Una vez más, volvemos a perder poder adquisitivo, superando con creces el 30 % en los últimos años, mientras la patronal aumenta su facturación año tras año, y los sindicatos pro-patronal se garantizan privilegios a costa de los trabajadores que supuesta mente defienden.

sábado, 15 de agosto de 2015

¿ ME LO IMPONES ? , ¡¡¡ ME LO PAGAS !!!

Muy buenas a tod@s,

Parece ser que las sentencias dictadas no son de obligado cumplimiento, para la dirección de Segur Ibérica en Valencia,  o al menos eso quieren intentar demostrar a sus trabajadores. Ante esta situación se ha procedido a denunciar, ante inspección de trabajo, el incumplimiento de la sentencia 2033/2008 de fecha 24 de Septiembre de 2009 dictada por el Tribunal Supremo y el artículo 75 del convenio colectivo vigente el cual cita textualmente:


Artículo 75. Uniformidad.

Las Empresas facilitarán cada dos años al personal operativo las siguientes prendas de uniforme: Tres camisas de verano, tres camisas de invierno, una corbata, dos chaquetillas, dos pantalones de invierno y dos pantalones de verano.
Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos.
Asimismo se facilitará, en casos de servicios en el exterior las prendas de abrigo y de agua adecuadas.
Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren.
En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas.
Las Empresas mejorarán la calidad de todos los elementos del uniforme arriba descritos.
Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Particular de Campo serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.

cve: BOE-A-2015-255

Esta sección sindical ha procedido a poner en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social el incumplimiento de este artículo del Convenio, así como de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en relación al desplazamiento de los trabajadores y entrega de la uniformidad, por parte de la dirección de empresa.

Os dejamos la denuncia presentada por si es de vuestro interés. 


jueves, 6 de agosto de 2015

¿ NO ME ENTREGAS MIS CUADRANTES ? , PUES QUE TE LOS PIDA INSPECCIÓN.

Muy buenas a tod@s,

Como algunos de vosotros habéis comprobado la dirección de empresa de Segur Ibérica, S.A.  - Valencia, ha optado por NO ENTREGAR EL RESUMEN FINAL DE LAS HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO REALIZADAS ( CUADRANTE DE SERVICIO FINAL ). Este documento , que ha de entregarse junto con la nómina del mes, ES CRUCIAL PARA LA COMPROBACIÓN Y APORTACIÓN COMO PRUEBA DOCUMENTAL, de las posibles reclamaciones judiciales que pudiéramos efectuar contra la empresa.

Ante esta negativa de entregar el cuadrante final del mes a los trabajadores como si se tratara de una empresa pirata, más que de un grupo empresarial con renombre, se ha procedido a denunciar ante la Inspección Provincial de Trabajo dicha práctica lesiva a los intereses y derechos de los trabajadores.



Esperemos que la Inspección de Trabajo se pronuncie favorablemente a los trabajadores y obligue a la empresa a entregar los cuadrantes de servicios finales de manera regular, tal y como se establece en el Estatuto de Los Trabajadores.



  Os dejamos la denuncia presentada .

miércoles, 5 de agosto de 2015

LA SECCIÓN SINDICAL DE SVS CV SOLICITA A SEGUR IBÉRICA QUE DEJE SIN EFECTO LA CIRCULAR INTERNA EMITIDA PARA LA RECOGIDA DE LOS CUADRANTES DE SERVICIO EN EL AEROPUERTO DE MANISES ( VALENCIA )


Muy buenas a tod@s,

Esta Sección Sindical, tras tener conocimiento de la circular interna emitida por la Coordinadora de servicio del aeropuerto de Manises, ha procedido a solicitar la nulidad inmediata de dicha circular, al considerar que se están perjudicando de manera directa, y premeditada, los intereses de todos los trabajadores asignados a dicho servicio. 

Parece ser que a la dirección de empresa, o mejor dicho a la Sra. Coordinadora de servicio, le ha molestado que se le informara de como y cuando ha de entregar los cuadrantes mensuales a los trabajadores. Su respuesta ha sido absurda, e incoherente, al imponer algo que en la legislación laboral vigente no esta contemplado, y para muestra la Sentencia a la que se hace referencia en el escrito presentado a la empresa.

Por cierto !!!, ¿Que dicen los supuestos defensores de las demás formaciones sindicales que componen el Comité de Centro?

Las últimas noticias que tenemos es que NO se va a reunir el Comité durante este mes de Agosto, salvo cambio de opinión de ultima hora, ya que al parecer NO LES IMPORTA GRAN COSA que los trabajadores tengan que desplazarse, en su tiempo libre, a por los cuadrantes de servicio. 

Es más importante disfrutar sus vacaciones. 
El resto de trabajadores que se apañen como puedan.

Os dejamos el escrito presentado, paso previo a la correspondiente denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo, por si es de vuestro interés.


domingo, 2 de agosto de 2015

OTRA CONDENA MÁS PARA SEGUR IBÉRICA - VALENCIA

Muy buenas a tod@s,

Una vez más, Segur Ibérica Valencia, ha sido condenada POR NO ABONAR A SUS TRABAJADORES EL PLUS DE JEFE DE EQUIPO TAL Y COMO ESTABLECE NUESTRO CONVENIO COLECTIVO. Este impago corresponde al servicio, que en su día prestaba la mercantil, de marina Real Juan Carlos I. 

Como recordareis, y si no dar al enlace para recordar los hechos, este sindicato denunció, ante la Inspección de Trabajo, la falta de abono del plus correspondiente a los trabajadores por parte de la empresa. Dando como resultado UNA SANCIÓN POR EL INCUMPLIMIENTO DE Art. 69 b) , ASÍ COMO LA LIQUIDACIÓN DE HABERES IMPAGADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL POR DICHO CONCEPTO. 


Ahora, tras el recurso presentado por la empresa contra la resolución emitida por el inspector de trabajo, en relación a la sanción y liquidación  de haberes impagados, El Tribunal de lo Contencioso Administrativo nº 8 de Valencia, ha dictado sentencia condenatoria contra la empresa, incluyendo en esa misma condena al pago de las costas procesales.


La sentencia, la cual ocupa 12 hojas, no tiene 
desperdicio alguno. Con el fin de justificar el impago del plus que legalmente correspondía
a los trabajadores, la responsable del gabinete
jurídico de la empresa llego a los extremos de intentar engañar al inspector de trabajo, con afirmaciones que no se ajustaban a la realidad, aseverando, a este, que era un acuerdo suscrito con el cliente el excluir el abono de dicho complemento salarial a los trabajadores.

Esta afirmación que la responsable del departamento de jurídico de la empresa exponía  ante el inspector de trabajo. Se vio desmentida, por el mismo cliente, cuando fue citado por la inspección. Una vez allí, afirmó, confirmó y ratificó, ante el funcionario que NO SE HABÍA MODIFICADO EN NINGÚN MOMENTO LAS CLAUSULAS QUE CONTENÍA EL CONTRATO INICIAL. POR LO QUE SE ESTABA ABONANDO, DICHO COMPLEMENTO SALARIAL, TAL Y COMO SE SUSCRIBIÓ EN UN PRINCIPIO.

Ante los hechos acaecidos, y teniendo en cuenta que la contrata adjudicada a Segur Ibérica Valencia PROVIENEN DE PRESUPUESTOS PÚBLICOS. Se ha procedido a iniciar las acciones legales correspondientes para determinar, y en caso depurar, LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES PENALES DE LOS RESPONSABLES, SI LAS HUBIERE, COMO CONSECUENCIA DE LO SENTENCIADO POR LOS TRIBUNALES. 

NO ES DE RECIBO QUE SE ESTÉN QUEDANDO CON LA RETRIBUCIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES Y QUE LOS RESPONSABLES QUEDEN IMPUNES.

Os dejamos la sentencia por si es de vuestro interés